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Asamblea se allanó al veto del Proyecto sobre Sistema de Infraestructura Vial

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Esta norma garantiza el derecho a la movilidad, mejora la economía, fomenta el turismo y consolida el desarrollo que ha vivido el país durante la última década. Crea así un sistema jurídico para la planificación, construcción y conservación de este tipo de infraestructura y sus servicios complementarios. Reemplaza a la Ley de Caminos vigente desde 1964.

El Ejecutivo vetó dos artículos del proyecto. El primero trata sobre las facilidades para la construcción de una vía y el segundo cambia la denominación de canteras por minas, referidos al uso de materiales de construcción que sean necesarios para la obra pública.

El proyecto establece que la ocupación temporal consiste en el uso y goce de los terrenos que están en la franja y que son necesarios para la construcción de una obra. Determina que cuando se requiera de la ocupación, se fijará el monto de indemnización a pagar.

Pero, el Ejecutivo incluye otro párrafo para que cuando se trate de una ocupación inmediata, la entidad pueda declarar la de utilidad pública, sin necesidad de autorización judicial ni consignación o pagos previos. Indica que esa decisión se notificará al propietario para iniciar la fase de negociación directa del precio.

FUENTE: EL TIEMPO

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