La Sala Penal conformada por los jueces José Poveda, Edgar Loyola y Ulises Torres, en audiencia de apelación a la sentencia, revocaron la sentencia emitida por el Tribunal IV de Garantías Penales del 29 de marzo de 2013, que determinó el estado de inocencia de los procesados imputados por el delito de alzamiento contra el orden constitucional, según el artículo 130 del Código Penal.
Los magistrados acogieron el pedido del fiscal Segundo Lucas, quien hizo referencia a la prueba documental, testimonial y pericial, practicada ante el Tribunal, a fin de que la Sala tenga la certeza de la materialidad de la infracción y la responsabilidad penal de los procesados.
En su veredicto emitido a las partes procesales, la Sala Penal indicó que la prueba establece la comisión de un delito distinto al inicialmente planteado por la Fiscalía, concluyendo que se trató de paralización de servicios públicos, de acuerdo al artículo 346 del Código Orgánico Integral Penal, que sanciona con pena privativa de libertad de 1 a 3 años.
En base a este delito, el tribunal sentenció a un año de pena privativa de libertad, a Diego V., en el grado de autor; mientras que a Danny C., Andrés Y., y Jonathan I., a 6 meses de prisión, en el grado de cómplices. DVL/El Ciudadano
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