El Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) desde marzo de 2016 lleva a cabo la cobertura del seguro de desempleo para afiliados con relación de dependencia que cesaron sus funciones sin alguna causa o fundamento alguno.
Sobre el tema Renato Samaniego, director Regional de Trabajo, en la zona 7, dice que una de las formas para dar por terminado el trabajo laboral es por renuncia del empleador o despido, y que en esta segunda situación tienen la opción de acceder ha dicho seguro de desempleo.
“La forma de comprobar esto es el acta de finiquito que lo emite el empleador”, afirma Samaniego. Adujo además que de acuerdo a las últimas estadísticas sobre el desempleo, presentadas por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC), ha subido poco. “En el 2015, estuvo en 4.8% y ahora está en 5.2%. No es una cifra desmedida, ni desproporcional”, afirmó.
Pedido
Para acceder a este beneficio, según informó Kléver Carrión, asistente administrativo del IESS, el afiliado debe tener mínimo 24 aportaciones, las 6 últimas deben ser consecutivas y estar cesante 60 días.
Tampoco el afiliado debe tener préstamos quirografarios, “porque en base a la cesantía que tienen es la garantía de un préstamo. Esa cesantía es el respaldo para poder acceder al seguro de desempleo”, explica. Aduce que ahora se aporta el 3% del cual el 2% es de la cesantía y el 1% es para el seguro de desempleo.
A partir del día 61, el afiliado cesante puede realizar la solicitud a través de la página web www.iess.gob.ec. El plazo para solicitar esta prestación es de 45 días. Debe ingresar con la clave y pulsar dónde se visualiza la opción ‘seguro de desempleo’.
Al acceder a la web del IESS, el afiliado puede tomar dos opciones retirar toda su cesantía o acceder al seguro de desempleo. El afiliado recibirá hasta el 70% del promedio del sueldo que recibió en los 12 últimos meses.
El seguro cubre hasta 5 meses, siempre y cuando la persona cumpla con los requisitos para acceder a la prestación. A partir del cuarto mes de estar cesante, el beneficiario recibirá el depósito en su cuenta bancaria registrada en el IESS y a partir de ello, cada 30 días.
“Cuando el afiliado accede a este servicio en el mismo espacio le sale una X y se informa por el motivo o razón se rechazó su pedido”, explicó Kléver Carrión, quien añadió que de continuar el pedido el usuario debe contar con la clave y contar con una cuenta bancaria autorizada por el IEES.
Por esa razón, el funcionario, asegura que no manejan una estadística en Loja, aunque sí se maneja a nivel nacional. (DVL).
FUENTE: LA HORA
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