Los representantes de la Procuraduría no dieron declaraciones a la prensa, sin embargo, se conoció que el documento se incorporará al proceso de instrucción fiscal, el mismo que finaliza esta semana.
El comunicado señala que “la acusación particular presentada por la Procuraduría General del Estado responde a un trabajo institucional realizado por un equipo de abogados del área de patrocinio penal que han seguido al detalle todas y cada una de las diligencias procesales desarrolladas dentro de la etapa de instrucción, manteniéndose ajena a las circunstancias políticas y al interés y seguimiento de la prensa nacional y del público en general”.
COIP
El Código Integral Penal, establece en su artículo 433 que “la acusación particular podrá presentarse desde el inicio de la instrucción hasta antes de su conclusión”.
«El acusador particular comparecerá ante el juzgador a reconocer el contenido de la acusación».
Según el COIP, “el juzgador examinará si la acusación particular reúne los requisitos previstos y la aceptará a trámite, ordenando la citación. Si la encuentra incompleta, después de precisar la omisión con claridad, dispondrá que el acusador la complete, en el plazo de tres días. Si el acusador particular no la completa se entenderá como no propuesta”.
Según la normativa legal, con la acusación particular, el Estado puede ser parte procesal dentro de la etapa de juicio y pedir una reparación integral en caso de que se llegue a una condena.
Así, el Estado pasa a ser un actor y participa con la carga de la prueba.
Representante
Por su parte, la analista jurídica, Paulina Araujo, dijo que hay que entender en qué plano comparece la Procuraduría ante la Corte Nacional de Justicia para acusar a los 18 procesados en el caso Odebrecht.
“La Procuraduría comparece como representante del Estado, el delito que se está investigando por la Fiscalía, el de asociación ilícita, está dentro del COIP en la protección de la estructura del Estado. Es interesante que ahora la Procuraduría decida comparecer como víctima, pero no como órgano del Estado”, expresó.
Defensa
El analista jurídico Gustavo Medina, explicó que la Procuraduría es el representante Judicial del Estado y, por tanto, tiene que defender a la nación.
Medina indicó que en este caso la Procuraduría es el acusador, y es el Fiscal quien tiene que decidir la responsabilidad de culpa de uno o de las 18 personas implicadas en el caso, entre ellas el vicepresidente Jorge Glas.
“El Fiscal General, al término de la instrucción, tiene que presentar un informe que podría tener dos alternativas: un informe abstentivo de acusar o un informe acusatorio contra uno o contra todos los que están procesados y con esto se pide a iniciación del juicio penal que empieza con una audiencia que se llama de preparación de juicio”, afirmó. (VDS-RET) (I)
FUENTE: EL TIEMPO
Comments