Por eso, la Asamblea Nacional debatió este día el Código Orgánico de Entidades de Seguridad Ciudadana y Orden Público, donde, entre otras reformas, se plantea la creación del servicio público de protección encargado de la protección de autoridades.
La propuesta fue aprobada con 71 votos a favor y 25 en contra.
La legisladora María Augusta Calle, pidió no se engañe diciendo que se está desmereciendo el trabajo de la Policía y de las Fuerzas Armadas. Calle también explicó sobre homologaciones de pensiones de retiro para estas instituciones, así como la creación de la Universidad de la Policía.
El tiempo estimado de transición entre la Policía y Fuerzas armadas con el nuevo sistema de seguridad será de 10 años. Se prevé que luego de esa década el gasto de la nueva institución será de 16’461.800 dólares.
¿Qué incluye el Código?
De acuerdo a lo indicado por el ente legislativo, el Código Orgánico de Entidades de Seguridad Ciudadana y Orden Público consta de cuatro libros:
El Libro I busca profesionalizar al personal policial, regulando su carrera y mejorando su proceso de formación académica, considerando las particularidades de las funciones de los policías y priorizando la unidad familiar, a través de la regulación de pases, entre otros.
El Libro II se refiere al sistema especializado integral de investigación, Medicina Legal y Ciencias Forenses, que estará integrado por personal civil y policial, optimizando el importante nivel de formación de los casi mil policías especializados en Medicina Legal y Ciencias Forenses y 59 peritos civiles, que actualmente existen.
El Libro III contempla la creación de un Servicio de Protección Pública, conformado por personal civil especializado, entrenado, técnico, jerarquizado y calificado, para garantizar la seguridad de las autoridades que ocupan cargos de alta responsabilidad y de las instalaciones de las distintas funciones del Estado. Se establece su dependencia al Ministerio del Interior, tal como ocurre con la Policía Nacional.
El Libro IV contempla la Carrera Profesional, regula el ingreso, formación, capacitación, ascensos, estabilidad, evaluación y régimen disciplinario de las entidades complementarias de seguridad del Ejecutivo y de los gobiernos autónomos descentralizados (municipales metropolitanos) entre los que se encuentran el Cuerpo de Bomberos, cuerpos de control municipal, agentes de tránsito, vigilantes penitenciarios, cuerpo de vigilancia aduanera y la Comisión de Tránsito del Ecuador.
FUENTE: EL TIEMPO
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