Una de las sentencia de una acción de protección planteada por los participantes del concurso de méritos y oposición para llenar plazas de docentes en la Universidad Nacional de Loja (UNL), dio paso a que la Comisión Interventora y Fortalecimiento Institucional (CIFI) busque entregarles nombramientos a todos, a pesar de no ser la primera y existir otras cuyo contenido es opuesto.
La sentencia que hace uso la CIFI es la tercera que se emitió sobre las acciones de protección planteadas por los aspirantes a docentes y contraviene a la primera y segunda en las que se consideraba que el concurso no había concluido y debe seguir, observando que no se han vulnerado los derechos de los accionantes, disponiéndose medidas que en cambio fueron acatadas por las autoridades de la UNL.
Para Franco Jaramillo Ochoa, asesor del rectorado de la UNL, explica que cuando se trata de las mismas acciones, sobre los mismos hechos y la misma materia, los jueces deben tener cuidado de no contradecir la primea sentencia, entendiéndose que los jueces son constitucionales y el Derecho Constitucional es uno solo.
Por tanto no debería haber criterios distintos a no ser que en la nueva sentencia se demuestre que el juez que dictó que la primigenia no tiene sustento jurídico, por lo que la controversia se ahonda, pues en este caso cada acción de protección que se plantea los aspirantes advierten que han sido declarados ganadores del concurso, que se les extendió las acciones de personal y las actas de posesión, pidiendo que se les dé la carga horaria y se los incluya en el sistema para ser incorporados como docentes.
Mientras continúan saliendo sentencias a favor y en contra de los accionantes como hasta ayer, y a nivel de la Corte Provincial siguen, ratifican el primer fallo o lo consideran improcedente, no obstante de acuerdo a la Ley Orgánica de garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional, la sentencia que debe cumplirse debe ser la primera según defiende Franco Jaramillo.
Por eso es que la UNL, a diferencia de la CIFI, ha dispuesto la continuidad del concurso luego de haber realizado un análisis del procedimiento, disponiéndose que se encuentra convalidado hasta la fase de presentación de carpetas para de ahí en adelante retomarlo bajo el reglamento de carrera y escalafón de profesor investigador de las instituciones de educación superior, no del reglamento que creó la CIFI para ese concurso.
Aún así la Universidad Nacional de Loja remitió a la Corte Constitucional todas las sentencias contradictorias solicitando que dirima cuál de ellas debe ejecutarse, siendo imposible cumplir con todas al mismo tiempo, pues mientras unas ordenan que se continúe con el concurso y no ven un derecho vulnerado, por otro lado ordena darles nombramiento. (CAB)
FUENTE: LA HORA
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