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Tribunal no acepta procedimiento abreviado para exagentes procesados en caso Balda

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El Tribunal de la CNJ que lleva la audiencia de juzgamiento contra los exagentes de inteligencia Raúl Chicaiza y Jessica Falcón, por el plagio del activista político Fernando Balda, rechazó el pedido de aplicación del procedimiento abreviado solicitado por la defensa de estos.

El Tribunal en su razonamiento explicó que esta es la segunda vez que se solicita este procedimiento y fue la jueza de primera instancia, Daniella Camacho, quien negó el dar paso a este recurso en la audiencia preparatoria de juicio en la que se llamó a juicio a Chicaiza, Falcón y también al expresidente Rafael Correa y el exsecretario de Inteligencia Pablo Romero.

El rechazo del uso del procedimiento abreviado se dio pese a que no existió oposición de la fiscal general Ruth Palacios, ni tampoco de la acusación particular de Fernando Balda.

Chimbo explicó que insistió en el uso del procedimiento abreviado, pues creía que debía existir celeridad procesal. Según el defensor de Chicaiza y Falcón, no había mucho sentido en controvertir pruebas de Fiscalia, las cuales en mayoría fueron entregados por sus clientes dentro de la cooperación eficaz a la que llegaron.

Pese a la negativa del Tribunal, Chimbo está seguro que sigue vigente el acuerdo de pena al que llegó con Fiscalía, es decir, al planteamiento de 12 meses de cárcel para cada uno.

Eduardo León, defensa de Fernando Balda, hizo énfasis en la colaboración que prestaron los exagentes Chicaiza y Falcón para descubrir cuál era la cadena de mando que se uso para que se realice el secuestro de su cliente en Bogotá, Colombia, en agosto de 2012. Aunque aclaró que ellos deben ser sancionados por el delito cometido, afirma que la sanción ue reciban debe tener en cuenta esa cooperación entregada.

La audiencia inició con los alegatos de apertura de las partes donde Fiscalía ofreció este lunes que solo se usará el testimonio anticipado de Chicaiza y Falcón y los testimonios de cuatro testigos. Aproximadamente 30 testigos usará sólo la Fiscalía en esta audiencia de juicio.

Cuando se dio la instalación de la fase de alegatos de apertura, la defensa de los expolicías, Diego Chimbo, solicitó que se aplique el procedimiento abreviado contra sus clientes como parte del principio de celeridad y el principio de favorabilidad que cobija a los procesados.

La diligencia se realiza a casi tres meses de que fueron llamados a juicio los exagentes de inteligencia junto al expresidente Rafael Correa y el exsecretario de Inteligencia Pablo Romero.

La etapa de juzgamiento sigue contra Chicaiza y Falcón, debido a que son los únicos procesados detenidos en el país. Correa y Romero se mantienen su calidad prófugos, pues se mantienen fuera del país y el juicio no puede avanzar en ausencia. Bélgica es la residencia del expresidente; mientras en España está el exsecretario.

De no aceptarse el procedimiento abreviado, un total de 44 testigos participarán de la audiencia de juzgamiento. Entre ellos, el exfiscal general Galo Chiriboga y el expresidente del Consejo de la Judicatura, Gustavo Jalkh.

El 21 de septiembre pasado, luego de ocho horas de audiencia en la CNJ, la jueza de primera instancia Daniela Camacho rechazó el procedimiento abreviado solicitado por los exagentes Chicaiza y Falcón. La decisión llegó una vez la jueza escuchó los doce meses de pena que pidió el entonces fiscal general (e) Paúl Pérez para los dos expolicías, quienes ante la jueza admitieron la responsabilidad de los hechos.

De los cinco requisitos previstos en el Código Orgánico Integral Penal (Coip) para que proceda el procedimiento abreviado, según Camacho, solo se habían cumplido cuatro.

Por ejemplo, la pena sugerida por Fiscalía de doce meses era menor al tercio de la pena mínima que este tipo penal acordaba, es decir, 24 meses. Para la jueza el planteamiento incumplía con el límite del beneficio del procedimiento abreviado previsto legalmente en el COIP y la resolución 09-2018 del pleno de la CNJ.

«No puedo violentar el principio de in dubio pro reo, contemplado en el artículo 76, numeral 5, de la Constitución. No puedo aceptar el acuerdo al que han llegado. Si acepto el procedimiento abreviado debería imponer una pena mayor a la que ustedes (Raúl Chicaiza y Jessica Falcón) creen que les corresponde por el acuerdo», apuntó.

Pérez resaltó, antes de pedir a Camacho dé paso a está sanción, que la información que entregó Chicaiza y Falcón dentro de esta causa, a la que calificó de tener relevancia social, fue de tal importancia que ha permitido procesar a los personas que integraron la cúpula en este caso.

La pena definida por Pérez oscilaba entre el 20% de la pena mínima para este caso (6 años de cárcel) dispuesta en el procedimiento abreviado y el 10% de la pena mínima para este delito (6 años) definida dentro de la cooperación eficaz.

Sobre este tema Camacho dijo que el procedimiento abreviado no es el momento procesal oportuno para que se tramite la cooperación eficaz y la consideración de sus beneficios. En consecuencia, afirmaba, no podían ser aplicados simultáneamente como lo exigía la Fiscalía y la defensa de los procesados.

Camacho finalmente recordó a Chicaiza y Falcón que al pasar a la audiencia preparatoria de juicio ellos podrán hacer valer los derechos adquiridos por la cooperación eficaz. (I)

FUENTE: EL UNIVERSO

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